R. G. No. 38978. November 27, 1933
EL PUEBLO DE LAS ISLAS FILIPINAS, QUERELLANTE Y APELADO, CONTRA FRANCISCA ROXAS, ACUSADA Y APELANTE.
AVANCEÑA, J.:
art. 824 de las Ordenanzas Revisadas de la Ciudad de Manila a un mes de
prision y a pagar las costas.
Los policias Tolosa, Santos y Guzamn recibieron informacion de
que la apelante solia pasar por la calle Juan Luna llevando consigo
lista para el juego de jueteng que se verifica mediante apuesta
de dinero o otra cosa de valor. En la mañana del 20 de Mayo de 1932
estos policias, habiendo visto a la apelante pasar por aquella calle en
una carretela, la detuvieron y la trasladaron a otra carretela para ser
llevada a la estacion de policia y registrada por la señora encargada de
hacer los registros a mujeres. Al llegar a la esquina de las calles
Reina Regente y Azcarraga la apelante pidio que se le permitiese tomar
limonada y a este efecto saco de la bolsa de su falda una cantidad de
dinero que entrego al cochero para que fuera a comprar la limonada.
Cuando la apelante quizo devolver parte del dinero a la bolsa, el
policia Santos sujeto su mano obligandola a abrirla y cuando la abrio
encontro un envoltorio que la apelante admitio que eran listas usadas en
el juego de jueteng.
estos hechos estan probados no solo por la declaracion de
Lazaro Tolosa, testigo de cargo, sino tambien por la de Arsenio Santos,
presentado como testigo de la defensa.
La defensa en esta instancia sostiene que los hechos expuestos
no estan castigados por el Codigo penal Revisado. Pero, debe notrase que
la apelante fue condenada, no con arreglo al Codigo Penal Revisado,
sino con arreglo a las Ordenanzas Revisadas de la Ciudad de Manila, Por
otra parte, como dice acertadamente el ministerio fiscal, los hechos
probados constituyen la infraccion del art. 195 par. 5.o del Codigo
penal Revisado.
Los otros errores que señala la defensa se rifieren al valor de
las pruebas. Pero, como hemos dicho, en nuestra opinion, ellas
establecen suficientemente los hechos acusados.
Se confirma la sentencia apelada, con las costas.
Asi se ordena.
Street y Diaz, MM., conformes.