G.R. No. 46877. February 27, 1940
EL PUEBLO DE LAS ISLAS FILIPINAS, RECURRENTE, CONTRA FRANCISCO ORFIDA, RECURRIDO.
AVANCEÑA, C.J.:
Ahora el Procurador General recurre ante este Tribunal Supremo contra la decision del Tribunal de Apelaciones para que se imponga al recurrido la pena correspondiente al delito de falsification de que se le habia acusado tambi£n en el Juzgado inferior.
Sin considerar otros aspectos de la cuestion, declaramos que tanto la decision del Juzgado de Primera Instancia, como la del Tribunal de Apelaciones, son absolutorias en cuanto al delito de falsincacion acusado y, por tanto, el Gofoierno no puede apelar, mediante el recurso de certiorari, ante este Tribunal Supremo contra la decision del Tribunal de Apelaciones en cuanto absuelve al recurrido del delito de falsificacion.
Se deniega el recurso, sin especial pronunciamiento en cuanto a las costas. Asi se ordena.
Villa-Real, Imperial, Diaz, Laurel y Moran, MM., estan conformes.
Se deniega el recurso.