G.R. No. L-2649. April 26, 1950
EL PUEBLO DE FILIPINAS, QUERELLANTE Y APELADO, CONTRA SEGUNDO PINEDA Y OTROS, ACUSADOS, FRANCISCO PINEDA Y JESUS CATACUTAN, ACUSADOS-APELANTES.
PABLO, M.:
1946, Segundo Pineda, Francisco Pineda, Mamerto Cortes, Pedro Sicat, Cayetano
Canlas y Jesus Catacutan llamaron a Fernando Zita que estaba descargando sacos
de palay en el molino de aroz de Guanzon en Sta. Rita; al acercarse a ellos,
Pedro Sicat le dijo que preparase comida para ellos; contesto que no tenia
tiempo; con pansit seria bastante—contesto Sicat; el les acompano al
restaurante de Sangil; pero al llegar al establecimiento, los acusados cambiaron
de parecer y prefirieron cerveza en vez de pansit; les llevo entonces a la
tienda de Alfonso Lansang, y despues de beber, se dirigieron a la casa de
Nicolas Ticsay para preguntar donde estaba la casa de una que habia de ser monja
y que se caso con Olegario Suarez, un policia municipal de Bacolor, Pampanga.
Ticsay indico la casa que estaba cerca. Sicat le ordeno que recogiese el
revolver y se lo entrego a el. Como guia, Sicat acompano a los acusados a la
casa del suegro de Suarez que estaba en el barrio San Matias, pueblo de Sta.
Rita, Pampanga, a donde Suarez y su esposa habian ido en la tarde de aquel dia.
A las nueve poco mas o menos Mamerto Cortes y Francisco Pineda, armados con
revolver de calibre .45, subieron, y los otros se apostaron alrededor de la
casa. Con las caras tapadas con el ala del sombrero de buri, Francisco Pineda y
Mamerto Cortes ordenaron a los moradores de la casa que levantasen las manos, y
Cortes, a punta de revolver, ordeno a Suarez que bajase. Mientras tanto,
Francisco Pineda, tambien revolver en mano, ordenaba, bajo amenaza de muerte,
que nadie gritase. Jesus Catacutan ato las manos de Suarez con el cinturon de
Ticsay. Mamerto Cortes volvio a los altos preguntando a la esposa de Suarez por
el revolver de este. Los acusados salieron con Suarez, maniatado, en direccion
al barrio Sta. Barbara. Mientras estaban andando, algunos preguntaron a Suarez
por que les habia denunciado a la policia militar. Con el permiso de los
acusados, Ticsay se separo de ellos, llevandose el revolver de su hermano que le
habian pedido en su casa. Al llegar los acusados al barrio Sta. Barbara, Sicat y
Catacutan llamaron a Serafin Ocampo en su casa, ordenandole que llevase consigo
una pala y su carabina. Con Serafin Ocampo se dirigieron hacia la parte norte de
su solar. Despues de andar por algunos minutos pararon, y ordenaron a Serafin
Ocampo a cavar una fosa. Consciente del inminente peligro, Suarez consiguio
desatar sus manos y echo a correr. Pero apenas hubo dado algunos pasos,
Catacutan y Pineda le cogieron y le echaron en tierra. Cortes inmediatamente le
disparo un tiro y SIcat, otro en la espalda. Suarez fallecio. Cortes y Sicat
echaron el cadaver de Suarez a la fosa ordenando a Ocampo que la cubriera con
tierra. Despues de disponer de Suarez de aquella tragica manera, se dirigieron a
la casa de Ocampo en donde este, obligado por las circunstancias, les dio
comida. Antes de salir, le hicieron firmar un papel y le amenazaron con matarle
si revelaba el suceso a cualquier persona.
Se presento querella por asesinato contra Segundo Pineda, Francisco Pineda,
Mamerto Cortes, Pedro Sicat, Cayetano Canlas, Jesus Catacutan y Serafin Ocampo.
A peticion de la acusacion, se sobreseryo la querella contra Serafin Ocampo para
ser utilizado como testigo del Gobierno, contra Segundo Pineda por insuficiencia
de pruebas y contra Mamerto Cortes, Pedro Sicat y Cayetano Canlas por no haber
sido aprehendidos aun. Jesus Catacutan y Francisco Pineda, despues de la vists,
fueron condenados a reclusion perpetua, con las accesorias, a indemnizar
mancomunada y solidariamente a los herederos de Olegario SUarez en la cantidad
de P2,000.00 sin prision subridiaria en caso de insolvencia, y a pagar las
costas. Apelaron contra esta sentencia.
Jesus Catacutan, en defensa, alega que desde el 4 de febrero de 1946 hasta el
15 de febrero, nunca dejo su casa porque su madre estab gravemente enferma; que
el no es Huk ni es miembro la PKM; que Serafin Ocampo testifico contra el porque
durante su detencion en la carcel del municipio de Bacolor, algunos policias le
maltrataron (a Ocampo) mientras que a el (Jesus Catacutan) le prestaron ciertas
consideraciones; que Nicolas Ticsay declaro contra el porque queria poner a un
amigo suyo para ser protagonista del drama vernacular “El Guerrillero” que se
habia representar en lugar de el (de Jesus Catacutan); que sif irmo el exhibit
B, era por temor de que le maltratasen.
Francisco Pineda, como defensa, declaro que en 4 de febrero de 1946, habia
ido a Sta. Rita para comprar medician para su madre que estab seriamente enferma
en el barrio San Antonio, Bacolor, y alli encontro a su hermano Segundo Pineda
hablando con prominentes miembros de la Huk como Mamerto Cortes, Pedro
Sicat, Cayetano Canlas y otros; le informo del estado de su madre; por eso,
Segundo Pineda dejo a sus companeros y compro medician; mientras esperaba a su
hermano, el se reunio con los lideres Huks que estaban bebiendo cerveza
ofrecida por Fernando Zita; al recibir la medicina, el se marcho en seguida para
darsela a su madre y no salio de la casa en toda la noche. En cuanto al exhibit
A, dijo que lo firmo por las mismas razones que dio Jesus Catacutan.
Es rara casualidad la similitud de las defensas de coartada: que las madres
de los dos acusados estuviesen enfermas gravemente y, por tales motivos, no
salieron de su respectiva casa en el dia del suceso; que cada uno de ellos firmo
su respectiva confesion (Exhibit A y B) por temor de ser maltratado.
En dificil creer que Serafin Ocampo y Nicolas Ticsay, por motivos tan
insignificantes como los apuntados por Jesus Catacutan, hayan sido capaces de
mentir, bajo juramento, e imputar a los acusados un delito tan grave que puede
costrales la vida: estos testigos sabian cuando declaraban que con su tesimonio
no solamente perjudicaban a Jesus, sino tambien a Francisco Pineda contra quien
no han tenido disgustos. Si declararon contra los dos no sera por algun motivo
avieso sino por el solo deseo de esclarecer la verdad. La declaracion de
Francisco Pineda de que se reunio con los lideres Huks que estaban
bebiendo cerveza ofrecida por Fernando Zita corrobora la declaracion de este que
fue uno de los testigos de la acusacion, aunque no fue voluntario sino obligado
ofrecimiento. El juzgado sentenciador que ha tenido oportunidad de observar el
comportamiento de los testigos durante la vista ha creido a los testigos de la
acusacion y no a los de la defensa. No hemos hallado ninguna razon para alterar
tan acertada conclusion. (E. U. contra Ambrosio y Falsario, 17 Jur.
Fil., 296; E. U. contra Herrera, 26 Jur. Fil., 289; Baltazar
contra Alberto, 33 Jur. Fil., 358; Pueblo contra Cabrera, 43
Jur. Fil., 86; Licad y Vitug contra Bacani, 51 Jur. Fil., 53; La O y otra
contra El Director de Terrenos y otros, 43 Off. Gaz., 504,[1] Pueblo contra Ballocanag, G. R. No.
L-1512, Mayo 12, 1949[2])
La defensa de coartada se debe recibir con mucha cautela. Es prueba que se
fabrica con tanta facilidad que no merece credito. (Pueblo contra Badilla, 48
Jur. Fil., 760; Pueblo contra Felipe de Asis y otros, 61 Jur. Fil., 406; Pueblo
contra Japitana y otro, 43 Off. Gaz., 2067[3]; Pueblo contra Balneg y otro, 45 Off. Gaz.,
2825[4]; Pueblo contra Imson y otro, 45
Off. Gaz., 3838,[5] Pueblo contra Alfaro,
G. R. No. L-560, Marzo 9, 1949[6].)
Los acusados se acogen a la orden de amnistia de 21 de junio de 1948. En la
vista de la causa en 8 de junio de 1948, Francisco aseguro bajo juramento que no
era Huk ni miembro de la PKM, y en 19 de noviembre, Jesus Catacutan
tambien aseguro que no era Huk. Para aprovecharse de la orden de
amnistia, Jesus Catacutan y Francisco Pineda presentaron certificados, sin la
garantia del juramento, del Coronel Alberto Ramos y de Luis M. Taruc de que el
primero es miembro de la Huk y Francisco Pineda, de la PKM. Aqui hay
dos pruebas contradictorias. Las declaraciones prestadas bajo juramento deben
prevalecer, de acuerdo con la constante practica judicial, sobre los simples
certificados. Y si no son Huks ni miembros de la PKM, no pueden
aprovecharse de la orden de amnistia. Y aun suponiendo que lo fueran, tampoco
pueden acogerse bajo sus disposiciones: dicha orden no es absoluta, es
condicional, y dice expresamente:
“Now, Therefore, I, Elpidio Quirino, President of the Philippines, in
accordance with the provisions of Article VII, section 10, paragraph (6), of the
Constitution, do hereby declare and proclaim an amnesty in favor of the leaders
and members of the associations known as Hukbalahap and Pambansang Kaisahan ng
mga Magbubukid (PKM) who have committed the crimes of rebellion, sedition,
illegal association, assault upon, resistance, and disobedience to persons in
authority, and/or illegal possession of firearms; Provided, however, That this
amnesty shall apply only to those of said groups of persons who have presented
themselves with all their arms and ammunition and to those who shall have
presented themselves with all their firearms and ammunition to the duly
constituted authorities of the Republic of the Philippines within twenty days
from the date this proclamation is concurred in by the
Congress.”
Los acusados no se han presentado voluntariamente con sus armas y municiones
a las autoridades de la Republica deponiendo se actitud hostil: fueron
procesados. El exhibit 2 de Catacutan y el exhibit 2 de Pineda son certificados
con fecha 27 de Julio de 1948, expedidos por Godofredo Rivera, sargento del
turno de la oficina del alcalde de la carcel provincial de Pampanga,
manifestando que los presos Jesus Catacutan y Francisco Pineda se registraron en
dicha ofician con el proposito de reclamar los beneficios de la Proclama No. 76.
La querella contra ellos se presento el 29 de Julio de 1946 (pag. 1,
expediente), por el delito que cometieron en 4 de Ferbero del mismo ano. Si
estos acusados no hubieran sido aprehendidos aun y se hubieran presentado
voluntariamente con sus armas y municiones a las autoridades y que hayan
cometido el delito confines sediciosos, tendrian derecho a la amnistia; pero
reclamaron la amnistia cuando ya eran presos preventivos y acusados de asesinato
por fines puramente personales; que cuando asesinaron a Olegario Suarez, este no
estaba desempenando su cargo de policia municipal de Bacolor sino era un simple
ciudadano que se hallaba en otro municipio, Sta. Rita, visitando a su suegro;
que no le mataron por razon de su cargo de policia municipal sino porque
sospechaban que fue quien les denuncio a la policia militar y eso es motivo muy
personal.
El fin que informa la proclama de amnistia es perdonar a aquellos que
habiendo cometido cualquera de los delitos enumeradso en la proclama, motu
proprio deponen su actitud hostil contra el Gobierno constituido y se
presentan voluntariamente con sus armas y municiones a las autoridades.
Se confirma la sentencia apelada con costas.
Moran, Pres., Ozaeta,
Bengzon, Tuason, Montemayor y Reyes, MM., estan conformes.
[1] 76 Phil., 736.
[2] 83 Phil., 569.
[3] 77 Phil., 175.
[4] 79 Phil., 805.
[5] 80 Phil., 284.
[6] 83 Phil., 85.