G.R. Nos. L-4804-05. November 21, 1952

FLORENTINA CLARIÑO, RECURRENTE, CONTRA FLORENTINO PASCUAL, RECURRIDO.

Decisions / Signed Resolutions November 21, 1952
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PABLO, M.:


Primera causa. Vicente Foz presento la demanda en la causa
civil No. 72207 del Juzgado de Primera Instancia de Manila contra Florentina
Clariño, pidiendo que se la condenase a otorgar la escritura de reventa del
lote.

Segunda causa. Florentino Pascual entahlo la causa civil No.
72208 del mismo Juzgado contra Fiorentina Clariño, Vicente Foz y el Registrador
de Titulos de Manila, pidiendo que se dictase sentencia (a) declarardo nulo y
sin valor el certificado de transferencia de titulo No. 77894 expedido a nombre
de Florentina Clariño; (b) ordenando al Registrador de Titulos de Manila que
expidiese el certificado de transferencia de titulo a su nombre (de Florentino
Pascual); (c) concediendole dailos y perjuicios por la suma de P8,000; y (d)
cualquier remedio adicional que el Juzgado creyese justo.

Vistas las dos causas a la vez, el Juzgado de Primera Instancia
de Manila dicto una decision absoMendo a Florentina Clariño de las demandas en
ambas causas, sin costas, y condenando a Vicente Foz a pagar a Florentino
Pascual la suma de P300, cantidad que aquel habia recibido de este, con
intereses legales desde la presentacion de la demanda en la causa civil No.
72667 y las costas.

Elevada la causa al Tribunal de Apelacion, la 2. Division del
mismo revoco la decision dictada por el Juzgado de Primera Instancia, ordenando
a Florentina Clariño a otorgar la escritura de traspaso del lote a favor de
Florentino Pascual dentro de 30 dias despues de quedar firme la decision y, en
su defecto, el escribano del tribunal otorgara dicha escritura con el mismo
efecto como si hubiera sido otorgada por la misma Plorentina Clariño; ordenando
al Registrador de Titulos de Manila que, a la presentation de dicha escritura de
reventa, cancelara el certificado de transferencia de titulo No. 77894 y
expidiese en su lugar otro a favor de Florentino Pascual; y condenando a Vicente
Poz a pagar a Florentina Clariño la suma de P300, con costas contra Vicente Foz
y Plorentina Clariño. Contra esta decision Florentina Clariño apela ante este
Tribunal por medio de un recurso de certiorari.

Los hechos probados, segun el Tribunal de Apelacion, son los
siguientes:

En 5 de agosto de 1942 Florentino Pascual otorgo la escritura
Exhibit A, eri virtud de la cual y en consideration a la cantidad de P300
filipinos que habia recibido de Vicente Foz, vendio a este el lote No. 14-B del
Block No. 2259 de la Hacienda de San Lazaro, Manila, de 122 metros cuadrados,
con certificado de transferencia de titulo No. 63490 de la Oficina del
Registrador de Titulos de Manila, juntamente con una casa de materiales mixtos,
sujeto a retracto dentro de un aiio, prorrogabie a otro año.

En 12 de febrero de 1943 Vicente Poz vendio a Florentina
Clariño por la misma cantidad todos los derechos que habia obtenido bajo el
documento Exhibit A, con derecho a recomprarlo en o antes del 5 de agosto de
1943. Este contrato Exhibit B juntamente con el Exhibit A, como anexo, ha sido
registrado en la Oficina del Registradcr de Titulos de la Ciudad de Manila en 13
de febrero de 1943.

En julio de 1944 Florentino Pascual quiso redimir el lote, pero
Vicente Poz no solo pudo persuadir a Pascual que desistiese de su intento, sino
que aun consiguio que este aceptase otra prorroga de dos aiios del plazo de
retracto, porque Florentino Pascual, en conciencia, no podia obligar a Foz a
recibir P300 en moneda japonesa, habiendo el recibido de Foz P300 en moneda
filipina. En 4 de julio de 1944 Foz otorgo un documento privado, Exhibit
3-Pascual, concediendo a Florentino Pascual el derecho de recomprar el lote
hasta el 5 de agosto de 1946.

En 9 de enero de 1946 Pascual ejercito su derecho de recompra y
entrego la cantidad de P300 a Vicente Foz, quien expidio el recibo Exhibit
1-Pascual y prometio otorgar la escritura de reventa. Como Foz no cumplio la
promesa, el abogado de Pascual preparo la correspondiente escritura Exhibit
2-Pascual que fue firmada por Foz. Al presentarse esta escritura al registrador
de titulos, este rehuso registrarlo por la razon de que el lote ya pertenecia a
F. Clariño, en cuyo nombre se expidio el certificado de transferencia de titulo
No. 77894 (Exhibit C-Clariño) en 25 de octubre de 1944, despues de presentar el
correspondiente affidavit para consolidar su titulo, porque Pascual y Foz habian
dejado de ejercitar sus respectivos derechos de retracto dentro de los plazos
fijados en los Exhibits A y B.

Cuando Vicente Foz vendio a Florentina Clariño “todo cuanto
derecho, titulo o interes sobre la citada finca tuviexa en la actualidad y
pudiera tener en lo futuro” ique obtuvo la compradora? Es evidente que habia
adquirido la propiedad y el complete dominio del lote No. 14B del Block No. 2259
de la Hacienda de San Lazaro, con una mejora consistente en una casa de
materiales ligeros, sujeto solamente al derecho de retracto ejercitable en o
antes del 5 de agosto de 1943, derecho que el vendedor se reservo. Florentina
Pascual dejo de ser propietario del lote desde que lo vendio a Vicente Foz, y
este perdio todo cuanto habia obtenido por medio del Exhibit A al otorgar la
escritura de venta con pacto de retro Exhibit B a favor de Florentina Clariño.
El linico derecho que se habian reservado Pascual y Foz al otorgar aquel el
Exhibit A y este el Exhibit B, era el de recomprar el lote; pero ni Florentino
Pascual ni Vicente Foz ejercitaron ese derecho dentro del plazo convenido—en o
antes del 5 de agosto de 1943. En una venta con pacto de retro, el vendedor
pierde el dominio de la finca y solo le queda el derecho de retracto.

Vencido el plazo convenido, Florentina Clariño se hizo duena
absoluta del lote y, al expedir el Registrador de Titulos en 25 de octobre de
1944 el certificado de transferencia de titulo a favor de ella, previa
cancelacion del certificado de transferencia de titulo a nombre del antiguo
dueño mediante la presentacion del affidavit de consolidacion en 7 del mismo
mes de octubre, quedo totalmente extinguido el derecho de retracto de Vicente
Foz y de Florentino Pascual. Cuando Vicente Foz otorgo el Exhibit 3 en 4 de
julio de 1944 concediendo a Florentino Pascual 2 anos de plazo para recomprar el
lote, ya no era dueño del mismo: el derecho de retracto que se habia reservado
sobre el lote ya habia vencido en 5 de agosto de 1943. Vicente Foz debe devolver
a Florentino Pascual los P300 que recibio en concepto de recompra.

El Registrador de Titulos estaba justificado al negarse a
expedir el certificado de transferencia de titulo a favor de Florentino Pascual
en 9 de enero de 1946, porque el lote era ya de la propiedad absoluta de
Florentina Clarmo desde el 25 de octubre de 1944.

Se absuelve a Florentina Clariño en las dos causas; se deniega
la peticion contra el Registrador de Titulos de Manila; y se condena a Vicente
Foz a devolver a Florentino Pascual la cantidad de P300 con su interes legal
desde el 9 de enero de 1946 y a pagar las costas en ambas causas.

Paras, Pres., Bengzon, Padilla, Montemayor, Jugo, Bautista
Angelo,
y Labrador, MM., estan conformes.